Ministerio del Medio Ambiente y PNUD avanzan en elaboración del primer Mapa Nacional de Áreas Esenciales para el Soporte de la Vida

Ministerio del Medio Ambiente y PNUD avanzan en elaboración del primer Mapa Nacional de Áreas Esenciales para el Soporte de la Vida

Chile será uno de los primeros países en Latinoamérica en completar el proceso de elaboración de su primer “Mapa de las Áreas Esenciales para el Soporte de la Vida y el Planeta” (áreas ELSA, por sus siglas en inglés).

Las ELSA son áreas esenciales para conservar la biodiversidad crítica, y para proporcionar a los seres humanos servicios ecosistémicos esenciales para su existencia y progreso, como el almacenamiento de carbono, la producción de alimentos y agua potable, la filtración de aguas y la reducción de riesgo ante desastres. La elaboración de este mapa se inserta en el marco de las acciones impulsadas por el programa Naturaleza para las Personas del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y en su elaboración han participado equipos de expertos/as nacionales e internacionales.

El mapa es desarrollado de manera participativa e intersectorial, con el apoyo de más de 40 expertos/as de servicios públicos tales como CONAF, INFOR, ODEPA, CIREN, DGA, el Ministerio del Medio Ambiente, como también de representantes de la academia (Pontificia Universidad Católica de Chile, Universidad de Chile y Bernardo O´Higgins) y diversas organizaciones no gubernamentales. Su elaboración ha tomado en cuenta, tanto variables ecológicas, como sociales y económicas, las que, identificadas a través de un proceso participativo, y combinadas a través de una metodología de Planificación Sistemática para la Conservación, el uso de herramientas tecnológicas de última generación, y el apoyo de un equipo científico internacional altamente calificado, con expertos/as de Australia, Estados Unidos y China, ha permitido identificar espacialmente las áreas críticas para la protección, restauración y gestión sostenible de los ecosistemas en la escala nacional.

La identificación de las áreas ELSA se considera un paso fundamental en la búsqueda de mayor sustentabilidad a escala ecosistémica y territorial. Como explica Daniela Manuschevich, la jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente, “Hoy es imprescindible quebrar el espiral de la degradación de nuestro patrimonio natural y social, con toda la carga de desesperanza y sufrimiento que arrastra, y transitar hacia un espiral virtuoso de la sustentabilidad  y de la resiliencia de los territorios y comunidades y ello no puede hacerse sin la protección, la restauración  y la gestión sustentables de nuestros ecosistemas. Ninguna sociedad ha podido ni podrá sostenerse en el tiempo sin tener en cuenta los límites de la naturaleza. Ningún modelo de desarrollo puede prosperar descuidando este aspecto”.

El mapa preliminar creado durante esta sesión será luego revisado y ajustado de forma más detallada por expertos/as del Ministerio del Medio Ambiente y PNUD, revisión que permitirá contar con la versión definitiva del primer mapa ELSA de Chile. Luego de ello, herramienta sirva de orientación espacial para el cumplimiento de compromisos de múltiples políticas ambientales o con efectos ambientales, entre las que destacan, la Estrategia Nacional de Biodiversidad; la Estrategia Climática de Largo Plazo; la Política Nacional Forestal; la Estrategia de sustentabilidad Agroalimentaria, y el Plan Nacional de Restauración a escala de Paisaje, entre otras.

Respecto de la utilidad de la versión final del mapa ELSA de Chile Paloma Toranzos, la jefa de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible del PNUD-Chile, ha señalado que “En tiempos en donde tenemos la certeza de que la acción humana tiene una altísima capacidad de modificación de los sistemas socionaturales en cualquier escala, pero donde al mismo tiempo, y paradójicamente, la incertidumbre sobre los escenarios futuros que dicha capacidad de cambio puede acarrear es cada vez más alta, la posibilidad de contar con herramientas e información de la calidad proporcionada por el proyecto ELSA son de altísimo valor. Difícilmente podremos prevenir, conservar, mitigar, gestionar sosteniblemente o restaurar, si no desarrollamos la capacidad de observar y usar la información y tecnología disponible de forma estratégica e integrada”.

Consultas de Pertinencias

Asesoramos a los proponentes, sean personas naturales o jurídicas, a dilucidar mediante una evaluación técnica y jurídica su ingreso al SEIA a través de Consulta de Pertinencia ante la autoridad ambiental.

¿Qué es una Consulta de Pertinencia de Ingreso al SEIA?

La consulta de pertinencia constituye un trámite de carácter voluntario, previo al eventual sometimiento de un proyecto o actividad, o de su modificación, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aunque cada vez es más solicitada para el otorgamiento de ciertos permisos sectoriales.

¿Cuándo se debe presentar una Consulta de Pertinencia?

Los titulares pueden dirigirse al Director Regional o al Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), según corresponda, a fin de solicitar un pronunciamiento sobre si, en base a los antecedentes proporcionados al efecto, un proyecto debe someterse obligatoriamente al SEIA.

Lo anterior, se encuentra establecido en el artículo 26 del D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y dispone que “Sin perjuicio de las facultades de la Superintendencia para requerir el ingreso de un proyecto o actividad, los proponentes podrán dirigirse al Director Regional o al Director Ejecutivo del Servicio, según corresponda, a fin de solicitar un pronunciamiento sobre si, en base a los antecedentes proporcionados al efecto, un proyecto o actividad, o su modificación, debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La respuesta que emita el Servicio deberá ser comunicada a la Superintendencia”.

¿Cuáles son los tipos de Consultas de Pertinencia de Ingreso al SEIA?

(i) Consulta para Proyecto Nuevo: en este caso para establecer si el proyecto o actividad que se planea desarrollar constituye una o más de las tipologías de proyectos establecidas en el artículo 10 de la Ley Nº 19.300 y especificadas en el artículo 3º del RSEIA.

(ii) Consulta para Modificación de Proyecto: esto, según lo dispuesto en el artículo 2° literal g) del RSEIA, es decir, para el caso de: realización de obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad, de modo tal que éste sufra cambios de consideración. En este caso, se entenderá que un proyecto o actividad sufre cambios de consideración cuando:

  • Las partes, obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del RSEIA;
  • Para los proyectos que se iniciaron de manera previa a la entrada en vigencia del SEIA, si la suma de las partes, obras o acciones tendientes a  intervenir o complementar el proyecto o actividad de manera posterior a la entrada en vigencia de dicho sistema que no han sido calificados  ambientalmente, constituye un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del RSEIA.
  • Para los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigencia del SEIA, si la suma de las partes, obras y acciones que no han sido calificadas ambientalmente y las partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o  complementarlo, constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del RSEIA;
  • Las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del proyecto o actividad; o
  • Las medidas de mitigación, reparación y compensación para hacerse cargo de los impactos significativos de un proyecto o actividad calificado ambientalmente, se ven modificadas sustantivamente.
Para efectos de los casos anteriores, se considerarán los cambios sucesivos que haya sufrido el proyecto o actividad desde la entrada en vigencia del SEIA.
 

¿Por qué se hace necesario contar con una respuesta por parte de del SEA?

La presentación y respuesta a una consulta de pertinencia es muy importante ya que es requerida en diferentes instancias, entre ellas:

(i) Evitar procesos sancionatorios: evitar procesos sancionatorios por elusión, una carta de pertinencia permite demostrar a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), ante un proceso de fiscalización, que el proyecto o alguna de sus modificaciones no requirió ingresar al SEIA

(ii) Obtención Permisos Sectoriales: en muchas ocasiones la obtención de ciertos permisos sectoriales que se solicitan a algunos servicios públicos (resoluciones sanitarias, planes de manejo forestal, planes de manejo para obras civiles, permiso de edificación, entre otros) solicitan contar con un pronunciamiento del SEA que indique que lo que pretende realizar no requiere obligatoriamente ingresar al SEIA.

¿Qué servicios brindamos?

El servicio que se brinda para el caso de las Consultas de Pertinencia son el Análisis de ingreso al SEIA, que corresponde al análisis del nuevo proyecto o modificación del existente, fundado en los antecedentes entregados y en el análisis de criterios y jurisprudencia administrativa respecto de otras pertinencias respondidas por el SEA; la Elaboración de la consulta; la Presentación y Tramitación de la consulta de pertinencia de un nuevo proyecto o su modificación; y por último la Elaboración de Anexos de consultas de pertinencia y Estudios Complementarios.

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