Así, se actualiza el Manual DCPRH aprobado por la Resolución DGA (Exenta) N°1400, de fecha 15 de junio de 2007, el que fue dictado previo a los cambios legislativos enunciados en el párrafo anterior y previamente a la dictación de importantes cuerpos normativos tales como, el DS MMA Nº40/2012, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); el DS MMA N°14/2012, que aprueba Reglamento para la determinación del caudal ecológico mínimo, y sus modificaciones introducidas por el DS MMA N°71/2014; el DS MOP N°203/2014, que aprueba Reglamento sobre normas de exploración y explotación de aguas subterráneas; la resolución DGA N°135/2020 que determina obras y características que deben o no deben ser aprobadas por la Dirección General de Aguas en los términos señalados en el artículo 41 del Código de Aguas; y el DS MOP N°50/2015, que aprueba Reglamento que establece las condiciones técnicas que deberán cumplirse en el proyecto, construcción y operación de las obras hidráulicas (artículo 295 inciso 2º del CA), entre otras. En el Capítulo 3 se entregan lineamientos y criterios relacionados con la participación DGA en el SEIA. Luego, en el Capítulo 4 se aborda el rol DGA en relación con la promoción de normas ambientales y normas de emisión. Le sigue el Capítulo 5 con los criterios pertinentes asociados a la Fiscalización ambiental. El Manual aborda también lo relativo a la determinación del área de protección de una fuente y a las redes de calidad de aguas (Capítulo 6 y Capítulo 7 respectivamente).
Se incluyen 5 anexos. El Anexo I que informa acerca de la sustentabilidad acuífera, el Anexo II que define los impactos ambientales susceptibles de producirse sobre las componentes objeto de protección de la DGA; el Anexo III que se refiere al concepto de calidad de aguas en el CA; el Anexo IV entre “Orientaciones para el uso de técnicas isotópicas en el monitoreo en torno a tranques de relaves” y finalmente, el Anexo V se refiere al Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos.