A ley norma que facilita la participación ciudadana en proyectos de impacto ambiental

A ley norma que facilita la participación ciudadana en proyectos de impacto ambiental

La propuesta fue respaldada por los senadores, quienes valoraron la prontitud con que los vecinos podrán presentar sus observaciones.

Directo a la Cámara Baja se dirige el proyecto iniciado en moción que facilita la participación ciudadana en lo relativo a la declaración de impacto ambiental. ¿Cómo? Aumentando el plazo para que los posibles afectados medio ambientalmente presenten la solicitud respectiva.

Los senadores presentes en la sesión ordinaria aprobaron en general y particular la norma sin modificaciones, por 27 votos a favor y una abstención. Con ese resultado, el texto vuelve a la Cámara de Origen, el que deberá remitirlo al Ejecutivo para su promulgación como ley.

La propuesta se funda en el hecho que, sometido un proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), éste puede derivar en una Declaración de Impacto ambiental, o en un Estudio de Impacto Ambiental, según el tipo de proyecto de que se trate. Una de sus principales diferencias está en los procesos de participación ciudadana contemplados en cada caso, el cual es obligatorio en el caso de los Estudios, pero que, tratándose de las Declaraciones, esta situación es distinta.

Cuando un proyecto es sometido al SEIA, se ordena una Declaración, y en la medida que éste genera cargas ambientales para las comunidades próximas, se hace necesario que el proceso de participación ciudadana sea activado mediante una solicitud formulada por, a lo menos, dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica.

El problema identificado por los legisladores radica en el plazo. Existen solo 10 días siguientes a la publicación en el Diario Oficial del proyecto sometido a Declaración de Impacto Ambiental, para que dichas organizaciones activen el proceso de participación.

NORMA

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– Aumenta, de 10 a 30 días, el plazo para presentar la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en el caso de Declaraciones de Impacto Ambiental que se presenten a evaluación y se refieran a proyectos que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

DEBATE

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Durante el debate en Sala, la presidenta de la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, la senadora Paulina Núñez informó la norma detallando que “se trata de extender el plazo para solicitar declaraciones de impacto ambiental por parte de las comunidades. Esto se refiere a la participación de la ciudadanía que busca hacer observaciones a los proyectos que los afecten medio ambientalmente”.

Tras ello la senadora Isabel Allende manifestó que “la participación ciudadana se verá potenciada con esta ley. Queremos con esto disminuir los procesos de judicialización. Esto tiene que ver con el derecho a la información ambiental, esto es parte del tratado Escazú”.

Consultas de Pertinencias

Asesoramos a los proponentes, sean personas naturales o jurídicas, a dilucidar mediante una evaluación técnica y jurídica su ingreso al SEIA a través de Consulta de Pertinencia ante la autoridad ambiental.

¿Qué es una Consulta de Pertinencia de Ingreso al SEIA?

La consulta de pertinencia constituye un trámite de carácter voluntario, previo al eventual sometimiento de un proyecto o actividad, o de su modificación, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aunque cada vez es más solicitada para el otorgamiento de ciertos permisos sectoriales.

¿Cuándo se debe presentar una Consulta de Pertinencia?

Los titulares pueden dirigirse al Director Regional o al Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), según corresponda, a fin de solicitar un pronunciamiento sobre si, en base a los antecedentes proporcionados al efecto, un proyecto debe someterse obligatoriamente al SEIA.

Lo anterior, se encuentra establecido en el artículo 26 del D.S. N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y dispone que “Sin perjuicio de las facultades de la Superintendencia para requerir el ingreso de un proyecto o actividad, los proponentes podrán dirigirse al Director Regional o al Director Ejecutivo del Servicio, según corresponda, a fin de solicitar un pronunciamiento sobre si, en base a los antecedentes proporcionados al efecto, un proyecto o actividad, o su modificación, debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La respuesta que emita el Servicio deberá ser comunicada a la Superintendencia”.

¿Cuáles son los tipos de Consultas de Pertinencia de Ingreso al SEIA?

(i) Consulta para Proyecto Nuevo: en este caso para establecer si el proyecto o actividad que se planea desarrollar constituye una o más de las tipologías de proyectos establecidas en el artículo 10 de la Ley Nº 19.300 y especificadas en el artículo 3º del RSEIA.

(ii) Consulta para Modificación de Proyecto: esto, según lo dispuesto en el artículo 2° literal g) del RSEIA, es decir, para el caso de: realización de obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad, de modo tal que éste sufra cambios de consideración. En este caso, se entenderá que un proyecto o actividad sufre cambios de consideración cuando:

  • Las partes, obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del RSEIA;
  • Para los proyectos que se iniciaron de manera previa a la entrada en vigencia del SEIA, si la suma de las partes, obras o acciones tendientes a  intervenir o complementar el proyecto o actividad de manera posterior a la entrada en vigencia de dicho sistema que no han sido calificados  ambientalmente, constituye un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del RSEIA.
  • Para los proyectos que se iniciaron de manera posterior a la entrada en vigencia del SEIA, si la suma de las partes, obras y acciones que no han sido calificadas ambientalmente y las partes, obras o acciones tendientes a intervenirlo o  complementarlo, constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del RSEIA;
  • Las obras o acciones tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad modifican sustantivamente la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del proyecto o actividad; o
  • Las medidas de mitigación, reparación y compensación para hacerse cargo de los impactos significativos de un proyecto o actividad calificado ambientalmente, se ven modificadas sustantivamente.
Para efectos de los casos anteriores, se considerarán los cambios sucesivos que haya sufrido el proyecto o actividad desde la entrada en vigencia del SEIA.
 

¿Por qué se hace necesario contar con una respuesta por parte de del SEA?

La presentación y respuesta a una consulta de pertinencia es muy importante ya que es requerida en diferentes instancias, entre ellas:

(i) Evitar procesos sancionatorios: evitar procesos sancionatorios por elusión, una carta de pertinencia permite demostrar a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), ante un proceso de fiscalización, que el proyecto o alguna de sus modificaciones no requirió ingresar al SEIA

(ii) Obtención Permisos Sectoriales: en muchas ocasiones la obtención de ciertos permisos sectoriales que se solicitan a algunos servicios públicos (resoluciones sanitarias, planes de manejo forestal, planes de manejo para obras civiles, permiso de edificación, entre otros) solicitan contar con un pronunciamiento del SEA que indique que lo que pretende realizar no requiere obligatoriamente ingresar al SEIA.

¿Qué servicios brindamos?

El servicio que se brinda para el caso de las Consultas de Pertinencia son el Análisis de ingreso al SEIA, que corresponde al análisis del nuevo proyecto o modificación del existente, fundado en los antecedentes entregados y en el análisis de criterios y jurisprudencia administrativa respecto de otras pertinencias respondidas por el SEA; la Elaboración de la consulta; la Presentación y Tramitación de la consulta de pertinencia de un nuevo proyecto o su modificación; y por último la Elaboración de Anexos de consultas de pertinencia y Estudios Complementarios.

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